¿Qué es el amor para el derecho? 

Por Mapi Scarlett Flores Cruz[1]

Todos alguna vez nos hemos preguntado ¿qué es el amor? Pero muy pocas veces profundizamos en cómo éste se puede llegar a manifestar. Hoy en día hemos llegado a escuchar conceptos como poliamor, monogamia, parejas swingers, relaciones abiertas o fluidas, las nuevas maneras en que se toca el tema del concubinato, el divorcio y muchas variables más que han surgido en los últimos años. En internet, por ejemplo, una de las definiciones más conocidas que se le da al poliamor es: “aquella relación sentimental, afectiva, amorosa y/o sexual entre dos o más personas, con el consentimiento de todas las partes involucradas, además, el poliamor se puede presentar de distintas maneras, como poliamor de relaciones jerárquicas, polifidelidad, etc.”

Entendiendo lo anterior como maneras de relacionarse que siempre han existido en la historia de la humanidad. En sus diferentes culturas, épocas, con diferentes significados y terminologías. Es decir, algo que siempre ha existido y a lo que actualmente se ha dado más libertad de ser hablado, estudiado y, hasta cierto punto, darle una definición o teoría.

Se ha generado más este tipo de conversaciones gracias a los medios digitales donde podemos encontrar cursos, podcast, videos, libros, hasta en nuestras series y artistas favoritos, también en nuestros círculos cercanos donde son más abiertos al hablar sobre estos temas o incluso nosotros mismos encontrarnos en una relación no típicamente aceptada en la sociedad.

¿Pero cuál es su relación con la legalidad? ¿qué dice el Derecho al respecto? ¿podría llegar a afectar a alguna rama o ramas del Derecho en específico si se llegase a legislar sobre estos temas? ¿cómo pueden llegar estos temas a un juzgado? ¿qué ha sucedido en México?

A pesar de que es un tema que está tomando cada día más fuerza y más difusión, debemos recordar que la historia respecto a cómo nos relacionamos afectiva, amorosa y/o sexualmente siempre ha estado impregnada de tabús, de la moral, de dogmas, discriminación y misoginia; dificultando pero no extinguiendo las maneras naturales y diversas de amar. Actualmente en el derecho a nivel internacional existen casos que llegaron a los Tribunales de Tailandia, Italia y España, y respecto al continente americano hay casos en países como Canadá, Estados Unidos, Colombia y Brasil. En el caso de nuestro país, en los últimos años podemos encontrar a algunos ministros de nuestra Suprema Corte hablando sobre estos temas, también por parte del órgano jurisdiccional hallamos conferencias y conversatorios con relación al libre desarrollo de la personalidad, a la necesidad de cambiar conceptos como el matrimonio, la familia y el concubinato; y hace poco más de un año se promovió un amparo en el Estado de Puebla respecto a las relaciones poliamorosas.

Aun con lo anterior, el Derecho mexicano sigue sin cubrir lo mínimo respecto a estas necesidades; es un camino largo a recorrer donde seguimos teniendo leyes sin resguardar las exigencias respecto a los derechos dentro de la comunidad LGBT+, velar por las necesidades de las nuevas paternidades y maternidades, y el concepto de familia y matrimonio que se ha quedado obsoleto, es decir, un derecho familiar que necesita estar a la vanguardia respecto a las necesidades del siglo XXI.

Pero no porque existan estas limitantes no debemos preguntarnos qué se debería hacer. Como juristas hay que empezar a visualizar los problemas que puedan surgir y no limitarnos a estos temas como un asunto específico de las materias civil y familiar. ¿Hasta dónde podría llegar a afectar la discriminación hacia las personas con relaciones poliamorosas en ámbitos laborales e incluso penales? ¿Qué pasaría con la materia de la seguridad social, el sector salud y educativo e incluso cómo se llevarían los casos en la materia de derecho internacional?

Como última pregunta, ¿Qué deberían hacer nuestros gobernantes, legisladores, abogados y todos aquellos estudiosos de las ciencias sociales para la implementación de las relaciones poliamorosas y diversas en la cultura mexicana y en su legislación? Suena fácil la respuesta, pero se necesita estudiar, analizar, difundir e investigar los temas sin ningún tipo de prejuicio, morbo o discriminación. Aunque lamentablemente nuestro sector muchas veces cae en esto.

A manera de cierre, quiero hacer énfasis en que son temas que están en auge en el derecho mexicano y en el mundo. Seamos abiertos y aprendamos del tema con el mayor respeto posible, recordando que nunca existirá una definición exacta y única de lo que es amar.  

 

 

[1] Escritora y estudiante de décimo semestre en la carrera de Derecho. Tiene 22 años, le gusta escribir poemas, cuentos y artículos relacionados con las necesidades de cada una de las generaciones.

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